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“A los fines de esta Ley, se entiende por Sistema Nacional de Control Fiscal, el conjunto de órganos, estructuras, recursos y procesos que, integrados bajo la rectoría de la Contraloría General de la República, interactúan coordinadamente a fin de lograr la unidad de dirección de los sistemas y procedimientos de control que coadyuven al logro de los objetivos generales de los distintos entes y organismos sujetos a esta Ley, así como también al buen funcionamiento de la Administración Pública.”
Art. 4 LOCGRSNCF
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Base Legal
- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo 290 (Gaceta Oficial N° 5.908 Extraordinaria del 19/02/09).
- Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. Artículo 4 y Capítulo I del Título II (Gaceta Oficial N° 37.347 del 17/12/01).
- Reglamento de Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, Capítulo II (Gaceta Oficial N° 39.240 del 12/08/09).
- Normas para el Funcionamiento Coordinado de los Sistemas de Control Externo e Interno (Gaceta Oficial N° 36.229 del 17/06/97).
Nota: Esta base legal puede ser consultada en la sección Marco Legal de esta página.
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Objetivo del Sistema Nacional de Control Fiscal
- Fortalecer la capacidad del Estado para ejecutar eficazmente su función de gobierno.
- Lograr la transparencia y la eficiencia en el manejo de los recursos del sector público y,
- Establecer la responsabilidad por la comisión de irregularidades relacionadas con la administración, manejo o custodia de bienes o fondos públicos, por parte de los órganos y entes públicos y de las personas jurídicas o naturales que señala la Ley.
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Principios
- La capacidad financiera y la independencia presupuestaria de los órganos encargados del control fiscal, que le permitan ejercer eficientemente sus funciones.
- El apoliticismo partidista de la gestión fiscalizadora en todos los estratos y niveles del control fiscal.
- El carácter técnico en el ejercicio del control fiscal.
- La oportunidad en el ejercicio del control fiscal y en la presentación de resultados.
- La economía en el ejercicio del control fiscal, de manera que su costo no exceda de los beneficios esperados.
- La celeridad en las actuaciones de control fiscal sin entrabar la gestión de la Administración Pública.
- La participación de la ciudadanía en la gestión contralora.
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Sistema Nacional de Control Fiscal ente Rector e Integrantes

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El Poder Ejecutivo Nacional en el Contexto del Sistema Nacional del Control Fiscal
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