Conceptos

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Control Interno:

Se define como el “conjunto de normas, órganos y procedimientos de control, integrados a los procesos de la administración financiera, así como la auditoría interna y tiene por objeto asegurar el acatamiento de las normas legales, salvaguardar los recursos y bienes que integran el patrimonio público, asegurar la obtención de información administrativa, financiera y operativa útil, confiable y oportuna para la toma de decisiones, promover la eficiencia de las operaciones y lograr el cumplimiento de los planes, programas y presupuestos, en concordancia con las políticas prescritas y con los objetivos y metas propuestas, así como garantizar razonablemente la rendición de cuentas”, de acuerdo a lo establecido en el Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de Reforma del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°6.210 del 30 de diciembre de 2015, en el artículo Nº 137 del Título VI, Capítulo I.

Ambiente de Control:

Conjunto de factores del entorno organizacional que estimulan e incentivan a los servidores públicos sobre el control, los cuales deben establecer y mantener las máximas autoridades jerárquicas, gerentes, jefes y autoridades administrativas de cada órgano o ente.

Son elementos del ambiente de control, entre otros, la integridad y los valores éticos, las políticas, la planificación, la estructura organizativa, la asignación de autoridad y responsabilidad, y las políticas para la administración del personal.

Valoración del Riesgo:

Consiste en la identificación y análisis de los riesgos relevantes que podrían afectar el cumplimiento de la misión y el logro de los objetivos institucionales de una organización.

Son elementos del riesgo determinar la importancia y la probabilidad de ocurrencia que pueda afectar el logro de los objetivos institucionales del órgano o ente, con el objeto de dirigir los esfuerzos de valoración y asignar el responsable para el manejo de dicho riesgo; establecer criterios de evaluación para analizar el efecto posible de los riesgos identificados, determinar su importancia y valorar la probabilidad e impacto de ocurrencia para su administración; y por último, tomar decisiones coherentes y oportunas a objeto de mantenerlo a un nivel aceptable; para ello se establecerán las actividades de control necesarias a fin de que puedan dar una seguridad razonable del cumplimiento de los objetivos institucionales.

Actividades de Control:

Comprende los métodos, políticas y procedimientos establecidos y ejecutados para el manejo y minimización de los riesgos, así como para lograr los objetivos institucionales. Deben ser apropiadas y consistentes con un plan a largo plazo; tener un costo adecuado no mayor a los beneficios, ser razonables y estar integradas a la naturaleza y objetivos de la institución.

Sistema de Información y Comunicación:

Garantiza la existencia de sistemas o mecanismos con información acerca del desempeño de la institución, para controlar y evaluar la

Monitoreo:

Valora la calidad del funcionamiento de los elementos del sistema de control interno en el tiempo, a través de actividades rutinarias, evaluaciones puntuales o la combinación de ambas.

Fuentes:

  • Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.013 de fecha 23 de septiembre de 2010.
  • Normas Generales de Control Interno, publicadas en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N.° 40.851 del 18-02-2016.