Oficina de Atención Ciudadana

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Oficina de Atención Ciudadana (OAC)

Conforme a lo establecido en el Artículo 12 de las Normas Para Fomentar La Participación Ciudadana, publicada en la Gaceta Oficial N° 38.750, de fecha 20 de agosto de 2007. “El objetivo de la Oficina de Atención Ciudadana es promover la participación ciudadana; suministrar y ofrecer de forma oportuna, adecuada y efectiva la información requerida; apoyar, orientar, recibir y tramitar denuncias, quejas, reclamos, sugerencias y peticiones; y en general, resolver las solicitudes formuladas por los ciudadanos”.

Preguntas Frecuentes

Denuncia:

Es una comunicación verbal o escrita presentada por los ciudadanos y las ciudadanas ante los órganos competentes acerca de la ocurrencia de hechos relacionados con la administración, custodia y/o manejo de recursos del estado, y en general con los resultados de gestión de los órganos y entes públicos.

¿Cómo formular las denuncias?

  • Las denuncias pueden formularse de las siguientes maneras:
  • Individual o colectiva por escrito, firmadas en original. Dicha denuncia será firmada por el denunciante o por un apoderado con facultades para hacerlo. Si el denunciante no puede firmar, estampará sus huellas dactilares.
  • Verbalmente, se levantará un acta de presencia del denunciante, quién la firmará junto con el funcionario que la reciba. Si el denunciante no puede firmar, estampará sus huellas dactilares.
  • A través de medios electrónicos.
  • Con los siguientes datos:

  • Identificación de el o los denunciantes (nombre y apellido, cédula de identidad, teléfono, correo electrónico).
  • Identificación de el o los denunciados.
  • Fecha del acto a denunciar.
  • Dirección exacta del solicitante.
  • Nombre del ente, organismo o comunidad donde ocurrieron las circunstancias, hechos u omisiones.
  • Narración de las circunstancias, hechos u omisiones.
  • Cualquier información relevante que le permitan a la OAC verificar los hechos denunciados.
  • Queja:

    Es una articulación que puede tener o no contenido jurídico, y que puede recaer sobre los servicios públicos proporcionados por las personas jurídicas de derecho público o privado.

    Sugerencia:

    Son recomendaciones, propuestas o consejos que los particulares de forma escrita, formulan a la administración pública.

    Reclamo:

    Esta figura denota una inconformidad de una persona con una situación concreta ocurrida en el marco de un procedimiento con una actuación o abstención del poder público o de una persona sometida a su poder de vigilancia, control y fiscalización, o también puede estar vinculada con la prestación de un servicio público, por parte de una empresa pública o privada.

    Petición:

    Es un escrito por medio del cual una persona de manera individual o colectiva, directamente o por medio de representante, acude ante una autoridad competente administrativa o judicial para formular un requerimiento o una solicitud.

    ¿Cómo formular a través de los Canales de la Oficina de Atención Ciudadana, mi denuncia, queja, reclamo, sugerencia o petición?

    Sede SUNAI Edificio Edicampo, piso 1, municipio Chacao, estado Miranda.

    (0212) 279.80.51

    internosunaioac@gmail.com